En ocasiones, cuando se habla de las liquidaciones laborales existen varios inconvenientes entre el empleado y el trabajador ya que no se llega a un acuerdo o no se acepta lo que se ofrece. Para que eso no suceda, lo mejor es saber cómo calcular la liquidación y que de esa forma no existan diferencias reales.
Siguiendo hablando sobre el finiquito e indemnización por despido, existe una circunstancia que se puede llegar a dar y es cuando lo que sucede es que el trabajador queda debiendo a la empresa. Siempre cada caso se valora de forma individual, con lo cual hay que tener en cuenta algunas circunstancias específicas. La realidad es que esto puede suceder en casos como:
-Vacaciones de más días: Si tenemos 30 días de vacaciones pero hemos consumido más días y la relación laboral finaliza antes, entonces aparecerá un saldo a favor de la empresa que se puede llegar a balancear con el resto de cantidades a cobrar.
-Preaviso de baja voluntaria: Cuando es el trabajador el que quiere dejar el puesto de trabajo, tiene que dar un preaviso de al menos 15 días o el tiempo que determine su Convenio Colectivo. En este caso, si no lo cumple, la empresa puede llegar a determinar que se descuenten aquellos días que falten del preaviso del trabajador para cumplir el plazo.
-Anticipos: Si se ha solicitado un anticipo del sueldo por parte del trabajador, éste puede ser reclamado por el empresario.
De acuerdo a estas circunstancias es que se saca una media y se determina si el trabajador tiene que pagar o si queda compensando con lo que la empresa debería de pagarle en ese momento.
Indemnización por despido
En muchas ocasiones, existe una diferencia importante entre lo que es la indemnización por despido y el finiquito y se terminan dando de forma separada.
La diferencia entre ellas es que la indemnización está extensa de cotizar y de tributar con lo cual si va dentro del concepto de finiquito hay que tener en cuenta este detalle importante para calcularlo.