Los embargos de viviendas crecen mes a mes en favor de las subastas judiciales de inmuebles. Una práctica cada día más atractiva para adquirir una casa a menor coste. Un total de 1.912 inmuebles se presentaron a puja pública el año pasado en la Comunidad de Madrid, frente a los 1.229 de 2007. Esto supone un aumento del 55,6%, según datos facilitados a Europa Press por la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno regional.
Asimismo, la Oficina Regional de Subastas Judiciales, dependiente de la Dirección General de Justicia, ha emitido 219 edictos de subastas para la segunda quincena de abril de este año. Los detalles de estas fincas se pueden consultar de forma actualizada en la web regional www.madrid.org.
El número de consultas recibidas el año pasado en la Oficina Regional de Subastas Judiciales de la Comunidad de Madrid se ha incrementado un 9,55% respecto a 2007. Según han informado fuentes de la Comunidad, en 2008 la Oficina de Subastas Judiciales atendió 3.908, una media de 355 al mes, mientras que el año anterior se atendieron 3.568.
Las razones de la salida a subasta pública de las viviendas se deben, generalmente, a impagos de hipotecas, desavenencias entre los propietarios o deudas fiscales. Así, se aventura que su aumento se deba a la situación de crisis económica y al aumento del paro, lo que está provocando un incremento de desahucios por no sufragar las mensualidades de las hipotecas.
La Oficina Regional de Información de Subastas se encarga de orientar e informar a los ciudadanos sobre organismos o entidades competentes en la materia. La orientación jurídica, de carácter totalmente gratuito, se limita a facilitar la información precisa para la participación de los posibles interesados en los procedimientos judiciales iniciados al efecto: precio de salida, consignación, hipotecas, censos y gravámenes a que está afectos los bienes, si es que existen dichas cargas, así como cualquier otra información que por su interés deba proporcionarse.
Para participar en una subasta pública hay que consignar en metálico una fianza que devuelven a los que no ganan la puja y que retiene al ganador como señal del pago del resto. Esta fianza hay que consignarla previa al día de la puja.
Los depósitos, consignaciones o fianzas para poder participar en la subasta, se efectuarán en cualquier oficina de Banesto o corresponsalía habilitada, en cualquier momento anterior al acto de subasta en la cuenta del Juzgado correspondiente. Se podrá realizar dicha consignación por medio de aval bancario si así se autoriza en el anuncio de la subasta.
La Oficina Regional de Información de Subastas recomienda comprobar la situación física del bien, la existencia o no de ocupantes de las fincas y las cargas que gravan, porque tanto las cargas anteriores a la que se ejecuta como los créditos preferentes tendrán que ser pagados por el que adquiere.
Además del remate, el adquirente ha de abonar los impuestos que genera la compra, las cuotas de comunidad de propietarios devengadas en el año en curso más el anterior y que resulten impagadas por el anterior dueño, más el IBI del año natural más el anterior cuando no haya sido abonado por el anterior dueño y no pueda ser finalmente cobrado a éste.
A pesar de que se publique el anuncio de la subasta, no es seguro que finalmente se lleve a cabo, ya que el deudor puede cancelarla pagando la deuda más los intereses y los gastos generados. Por eso, el departamento regional recomiendo que, en el caso de pago de la deuda, se le comunique para evitar la publicación de la subasta.
FUENTE: El Mundo
Fecha de Publicación: Mayo de 2009
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