Sin embargo, tras completar este segundo paso, a algunos profesionales les llega un justificante que les indica que deben presentar el certificado de alta como emprendedor.
Si te ocurre probablemente se deba a algún error cometido en el proceso de alta, básicamente a haber marcado la casilla de emprendedor de responsabilidad limitada sin conocer lo que implica.
Hace un tiempo, un lector nos consultó lo siguiente:
He presentado el modelo 037 de forma digital con el DNIe para darme de alta como autónomo y en el justificante que se genera tras el proceso me indica que tengo diez días para presentar una documentación complementaria que no sé muy bien a que se refiere.
El texto es el siguiente:
“Certificado o Documento que acredite fehacientemente el alta o baja en la condición de Emprendedor de Responsabilidad Limitada, así como la fecha de inscripción o cancelación como emprendedor de responsabilidad limitada en el Registro Mercantil.”
Veamos cómo se soluciona el problema en este caso.
Primero veamos lo que supone ser emprendedor de responsabilidad limitada.
Es una figura legal que se aprobó en 2009, pero que en la práctica se usa muy poco.
La principal ventaja de esta figura es que si contraes alguna deuda y tu negocio quiebra, tu vivienda principal quedará liberada de la responsabilidad del autónomo ante deudas con terceros.
Es decir, podrás mantener tu vivienda, eso sí, con la limitación de que su valor no supere los 300.000 euros.
También podrás mantener los bienes productivos afectos a la explotación si el negocio sigue funcionando.
Para darte de alta como autónomo de responsabilidad limitada deberás inscribirte en el Registro Mercantil como tal.
Y, además, inscribir en el Registro de la Propiedad la vivienda habitual que queda excluida de la responsabilidad del negocio.
Otro inconveniente de esta figura es que cada año debe presentar en el Registro Mercantil las cuentas de su actividad.
Esa inscripción en el Registro Mercantil es el certificado que está solicitando Hacienda en el caso que acabamos de ver, a presentar en un plazo de 10 días.
En el caso planteado, el emprendedor realmente no quería ser emprendedor de responsabilidad limitada.
La solución consistió en presentar una notificación a Hacienda exponiendo el caso y haciendo la solicitud de cambio junto con una copia del modelo 037.
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