¿Qué es la base reguladora de un autónomo?

Al igual que los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos hacen ingresos a la Seguridad Social que les permiten, entre otras cosas, optar a distintos tipos de prestaciones por contingencias.

En estos casos, no solo es importante conocer los beneficios a los que se tiene derecho, sino también la base reguladora, que determinará las cuantías correspondientes.

Sin embargo, este concepto suele generar confusiones, y muchas personas no lo tienen del todo claro.

Vamos a revisar qué es la base reguladora para los autónomos y cómo se calcula en distintas situaciones.

¿De qué se trata la base reguladora?

La base reguladora de los autónomos es la referencia que utiliza la Seguridad Social para hacer el cálculo de sus prestaciones, las cuales se suelen establecer como un porcentaje de dicha base.

Las bases reguladoras no siempre se calculan de la misma manera.

Mientras que en unos casos coincide con la base cotizada, en otros es necesario sumar todas las bases de cotización de los meses considerados para la prestación, y después dividir el importe entre el número de meses.

Esto dará una media a partir de la cual se harán las estimaciones.

¿La base reguladora y la base de cotización son lo mismo?

Es muy común que existan dudas respecto a la base reguladora, la cual se suele confundir con la base de cotización. Sin embargo, aunque ambas están relacionadas, no son necesariamente iguales.

Lo que sucede es que los autónomos pueden optar por cambiar su base de cotización hasta cuatro veces al año.

Con esto en mente, y sabiendo que la base reguladora es en realidad una media de la base de cotización, es posible que estas difieran entre sí en caso de haber realizado un cambio durante el periodo que se toma en cuenta para el cálculo de la prestación.

De lo contrario, ambas bases sí serán las mismas.

Para el año 2022 la base mínima de cotización es de 960,60 euros, mientras que la máxima alcanza los 4.139,4 euros al mes.

Pero cabe resaltar que una gran cantidad de los autónomos en nuestro país cotizan por la base mínima, lo que significa que su base reguladora corresponderá a los mencionados 960,60 euros.

Algunas prestaciones habituales y el cálculo de sus bases reguladoras

Las bases reguladoras no se calculan siempre a partir del mismo periodo, sino que dependerá de la prestación a la que se opte.

Veamos algunas de las más comunes para los autónomos.

Base reguladora en la prestación por maternidad

La prestación por maternidad o paternidad es objeto de una prestación cuya base reguladora diaria corresponderá con la suma de las bases de cotización de los últimos 6 meses, dividida entre 180.

Base reguladora por cese de actividad

Si el autónomo suspende la actividad que dio lugar a su alta ante el RETA, tiene derecho a una prestación por desempleo.

En este caso, la base reguladora corresponderá a un promedio de las bases de cotización de los 12 meses anteriores al cese de actividad.

Base reguladora para jubilación

Desde 2022, el periodo que se toma en cuenta para sacar la media es de 25 años, es decir, los 300 meses de cotización anteriores al momento de la jubilación. 

La base reguladora es un concepto clave para hacer estimaciones sobre las prestaciones que pueden recibir los autónomos por parte de la Seguridad Social.

Sin embargo, hay que tener presente que su cálculo varía según el caso, por lo que conviene conocer las condiciones de cada uno.

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Cómo hacer la declaración de la renta 2020 si eres autónomo

La campaña de la renta ya está plenamente en marcha desde el día 7 de abril de 2021. Todos los contribuyentes tienen hasta el 30 de junio de 2021 como fecha límite para hacer la declaración. Un trámite con Hacienda y la Agencia Tributaria al que no escapan los autónomos, que también tendrán que estar atentos al calendario.

Los trabajadores por cuenta propia deberán poner al corriente a Hacienda sobre sus gastos y sus ingresos. La declaración de la Renta como autónomo es un proceso un diferente a la de los trabajadores por cuenta ajena.

Si soy autónomo, ¿estoy obligado a hacer la Declaración de la Renta?

Todos los autónomos tienen que presentar la declaración de la Renta. Sin embargo, como sucede con los trabajadores por cuenta ajena, hay ciertas excepciones.

Los únicos autónomos que no están obligados a presentar la declaración son aquellos que hayan ingresado menos de 1.000 euros en todo un año. Esto quiere decir que aunque solo se haya trabajado un mes, si hemos ganado más de 1.000 euros como autónomo estamos obligados a presentar la declaración.

Otro grupo de autónomos que no está obligado a hacer la declaración de la Renta es aquelcuyas rentas obtenidas son inferiores a 22.000 euros anuales de un único cliente. Si las rentas obtenidas proceden de varios pagadores, el máximo se situará en 11.200 euros. También estarán exentos de declaración de la Renta los autónomos cuyos rendimientos de inmuebles tengan un límite conjunto de 1.000 euros anuales y los rendimientos de capitales no superen en su conjunto los 1.600 euros anuales.

La declaración de la Renta del autónomo

En la declaración de la Renta que debe presentar el autónomo hay que tener en cuenta tres modelos diferentes.

El modelo 130

El modelo 130 es un modelo trimestral en donde se autoliquida el pago fraccionado del IRPF mediante la estimación directa normal o simplificada. Esta declaración está formada por los gastos e ingresos que el autónomo obtiene durante un trimestre. De él, el autónomo deberá pagar un 20% de la diferencia como anticipo para su declaración de la Renta. Si al final de año el autónomo ha pagado más de lo que le corresponde, en la declaración de la Renta le devolverán el exceso que haya pagado.

El modelo 131

El modelo 131 es el pago fraccionado que deben presentar los autónomos que tributan en el régimen de estimación objetiva. A través de este modelo, hay que realizar cuatro pagos al año de forma trimestral a cuenta para la declaración de la Renta.

El modelo 100

El modelo 100 de Hacienda permite a los autónomos hacer la devolución o el ingreso del IRPF en la declaración de la Renta. Es, en suma, el impuesto que grava la renta obtenida por los contribuyentes con residencia habitual en España. Los autónomos no podrán confirmar el borrador, pero sí podrán descargar los datos fiscales.

Presentar el modelo 100 para hacer la declaración

Lo primero que hay que hacer para presentar el modelo 100 es solicitar la Referencia. Para ello, nos pedirán el número de DNI y su fecha de validez, así como la casilla 450 de la Renta del año pasado. Una vez obtenida la Referencia, ya podemos descargar los datos fiscales. En estos datos aparecerán, entre otros, los intereses bancarios, las ganancias patrimoniales, los ingresos sujetos a retención, hipoteca, bienes inmuebles, etc.

Si los datos fiscales anteriores son correctos, procedemos a introducir de forma manual los ingresos y gastos del autónomo o los índices del módulo, en función del modelo que se use (130 o 131). En la estimación directa, por ejemplo, hay que incluir el desglose de los datos y tener en cuenta los gastos que estuviesen exentos de IVA y que no pudimos desgravar. Precisamente, hay que incluir la base imponible de las compras y gastos que se hayan ya incluido en el modelo 303 de declaración trimestral del IVA. También habrá que incluir otros gastos exentos de IVA, como el autónomo, seguros, impuestos no estatales, salarios, seguridad social de los trabajadores, otros gastos del personal, etc.

Si durante el pasado ejercicio se ha producido la venta de un inmueble o unas acciones, también habrá que incluirlo de forma manual. Las ganancias patrimoniales de este tipo hay que indicarlas con la fecha de compra y venta, el precio y los gastos inherentes a dicha operación. Si el autónomo realiza una actividad agraria en estimación objetiva, debe seleccionar el tipo de producto que ha producido la finca agraria que explota.

Novedades declaración Renta autónomos 2021

La declaración de la Renta 2021 presenta algunas novedades para los trabajadores autónomos a la hora de presentar el IRPF. Una de estas novedades es la inclusión del NIF de la contraparte de cualquier operación en los libros de ventas e ingresos y en los de gastos y compras. Los trabajadores tendrán que hacer constar en cada transacción su identificación y la del otro negocio implicado. Quedan exentos los pequeños negocios cuya operación no supere los 6.000 euros.

Desde el pasado mes de febrero, los autónomos están recibiendo ya los borradores con su declaración trimestral del IVA. Dichos autónomos podrán confirmar o no el borrador para que este trámite sea mucho más rápido y cómodo. También ha sufrido cambios para este año el calendario fiscal con las diferentes obligaciones que tienen que cumplir los trabajadores por cuenta propia.

Fuente: El Español

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