La Agencia Tributaria sitúa el fomento del cumplimiento voluntario en el centro de su actividad de control

Prensa

Directrices del Plan Anual de Control Tributario

  • La prevención del fraude mediante asistentes virtuales, una nueva estrategia frente a los contribuyentes que inician actividades económicas y mejoras en la asistencia al contribuyente son las medidas que pretenden impulsar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales
  • El control de los patrimonios relevantes se verá reforzado con la nueva Unidad Central de Coordinación del Control de Patrimonios Relevantes
  • El control de la facturación irregular constituye una prioridad, línea de actuación que se verá reforzada con la anunciada prohibición del software de doble uso
  • La explotación de la información internacional (CRS, ‘Informe país por país’) permitirá inducir el cumplimiento voluntario y elevar el número de actuaciones
  • Los riesgos derivados del Brexit, la represión del contrabando y el tráfico de drogas, con especial atención a la zona del Estrecho, y la agilización de la gestión recaudatoria de las deudas son otros ámbitos prioritarios

17 de enero de 2019.- La promoción del cumplimiento voluntario del contribuyente será, a lo largo de este año y los siguientes, un elemento central de la actividad de control que desarrolla la Agencia Tributaria, a partir del desarrollo de una nueva planificación estratégica y una reordenación ya iniciada de sus recursos humanos con el doble objetivo de favorecer ese cumplimiento voluntario y de intensificar las actuaciones de lucha contra el fraude, abarcando el mayor ámbito territorial posible.

Una pieza básica en este enfoque reforzado del control hacia la mejora del cumplimiento y el ensanchamiento de bases imponibles futuras pasará por ejercer un mayor y mejor control y análisis de los motivos de las regularizaciones inspectoras en los distintos expedientes. Ello vendrá acompañado de la implantación definitiva en 2019 de una herramienta de gestión de riesgos tributarios, que sistematiza todos los existentes en la AEAT, crea colectivos de riesgos y permite un mejor seguimiento del resultado de las actuaciones de control que la Agencia lleva a cabo.

Así lo pone de manifiesto el Plan de Control Tributario 2019, cuyas directrices generales se publican hoy en el Boletín Oficial del Estado, que inciden muy especialmente en la relevancia que en el presente ejercicio tendrá la combinación del uso intensivo de la tecnología de análisis de datos tipo ‘Big Data’ y la explotación de las más recientes fuentes de información (SII, CRS, Fatca, ‘Informe País por País’ –CBC– y, a partir de 2019, también la información sobre mecanismos de planificación fiscal agresiva, o ‘DAC 6’) para ahondar en el control reforzado en ámbitos tales como los grandes patrimonios, las multinacionales, la economía sumergida y el fraude en los ámbitos recaudatorio y aduanero.

Los asistentes virtuales, ya probados con éxito en el IVA y en el Suministro Inmediato de Información (SII), se potenciarán y extenderán a las declaraciones censales, dentro de una estrategia ‘Right from the start’, orientada a facilitar el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias por los contribuyentes que inician actividades económicas.

Con el mismo propósito de impulsar el cumplimiento voluntario se introducirán mejoras en la campaña de Renta (Renta WEB) para facilitar la declaración de las carteras de valores, se consolidará la app puesta en funcionamiento en 2018 y se potenciarán los avisos a los contribuyentes sobre las rentas que deben declarar. En el IVA se analizará la cesión de datos fiscales (información de sus clientes y proveedores) a los contribuyentes no incluidos en el SII para facilitarles la presentación de las declaraciones.

La utilización de los avances tecnológicos en el análisis de riesgos para optimizar las nuevas fuentes de información internacional, tales como la información sobre cuentas financieras en el exterior o el ‘Informe País por País’ que deben presentar los grupos multinacionales, reforzará la prevención y permitirá incrementar el número de actuaciones de control de las personas y entidades con bienes y derechos en el exterior o con actividad internacional.

Creación de la Unidad de Control de Patrimonios Relevantes

Muy especialmente se potenciarán las actuaciones de control acerca de los contribuyentes con patrimonios significativos con la creación de la Unidad Central de Coordinación del Control de Patrimonios Relevantes.

Esta unidad tiene el objetivo de coordinar e impulsar en todo el territorio la obtención y ordenación de información para el control, la colaboración en el desarrollo de nuevas herramientas informáticas y la propuesta, impulso y seguimiento de nuevas líneas de selección de obligados tributarios que cuentan con un patrimonio relevante y muestran determinados perfiles de riesgo fiscal. En las actuaciones se prestará especial atención a los bienes y derechos situados en el exterior y los entramados financieros y societarios. 

El control de la facturación irregular, unido a la anunciada prohibición del software de doble uso que permite la llevanza de dobles contabilidades, incidirá sobre las actividades con consumidores finales con mayor riesgo de fraude, en especial en el IVA.

Con carácter general, la planificación de las actuaciones de control se orienta no solo a regularizar los incumplimientos detectados sino también a inducir un mejor comportamiento futuro de los contribuyentes comprobados y sus entornos y, en general, de los sectores económicos en los que la presencia inspectora sea significativa. De igual forma, se realizará un especial seguimiento de los motivos de regularización como fuente de información esencial para la planificación de nuevas actuaciones de control.

La represión del contrabando y el tráfico de drogas se verá reforzada con la entrada en vigor de la normativa de contrabando encaminada a limitar el uso de las embarcaciones semirrígidas de alta velocidad habitualmente utilizadas por los narcotraficantes.

Uso abusivo de sociedades y control general en Sociedades

Como en años anteriores, se analizará la interposición de personas jurídicas con el objeto de reducir improcedentemente la tributación, sin perjuicio de análisis concretos que permitan detectar otras inconsistencias como la indebida deducción de gastos personales.

Además, como complemento a las actuaciones de control de grandes empresas, se realizarán actuaciones conjuntas de las áreas de Gestión y de Inspección sobre las pequeñas sociedades comerciales o industriales, hasta ahora con un bajo nivel de prioridad en el control del impuesto, con el objetivo de mejorar su comportamiento tributario.

En especial, se actuará respecto de las empresas cuyos volúmenes de actividad, de beneficios, de ventas o de cobros resulten incoherentes con los normales de su sector.

Adicionalmente, se realizarán actuaciones de control sobre los grupos fiscales, incluyendo aquellos que presentan cifras de negocios consolidadas reducidas, están integrados por un número pequeño de entidades y no efectúan operaciones intra-grupo.

Nuevos modelos de negocio

Se realizará un estudio inicial de las tecnologías Fintech para evitar que su despliegue altere el grado de conocimiento que la Agencia Tributaria mantiene sobre el desarrollo de actividades económicas, al tiempo que se analizan sus posibilidades para mejorar el servicio a los contribuyentes.

Además, se continuarán realizando actuaciones sobre los nuevos modelos de distribución y nuevas actividades, como la “triangulación de envíos”, en la que las ventas realizadas por una empresa son entregadas por otras, y “tiendas de tiendas” instaladas en páginas web.

Asimismo, serán objeto de atención las actividades logísticas ligadas con el comercio electrónico. De igual forma, continuará el análisis y estudio de los nuevos medios de pago para avanzar en su control. 

En relación con los riesgos fiscales observados en las operaciones realizadas con criptomonedas, durante el año 2019 se continuarán las actuaciones iniciadas en 2018, a partir de la información obtenida de los intermediarios que intervienen en dichas operaciones.

También se efectuará el análisis y explotación de la información de terceros sobre la tenencia y operaciones con monedas virtuales realizadas por contribuyentes residentes en España, en aplicación de la nueva normativa, que está previsto que se apruebe en 2019.

Otras actuaciones en el ámbito de los tributos internos

Con carácter general, se reforzarán los controles de acceso al censo y la actualización de la información censal en desarrollo de la estrategia ‘Right from the start’. También continuarán los controles sobre actividades económicas en el IRPF, los rendimientos de capital inmobiliario con explotación de la nueva declaración informativa sobre arrendamientos turísticos, las retenciones y la utilización abusiva del régimen de las entidades sin fines lucrativos.

Se continuará con el proceso de optimización de la información proporcionada por el SII facilitando la aproximación de las actuaciones de control a la realización de las operaciones. De igual forma, continuarán siendo prioritarias las actuaciones de control vinculadas a la existencia de tramas de IVA, con un control reforzado del Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) y los sectores y actividades de riesgo.

En el ámbito de los Impuestos Especiales se efectuarán controles para verificar la correcta aplicación de la normativa, la formación del censo, la procedencia de las devoluciones y las condiciones y requisitos a cumplir a efectos de la vigencia de las autorizaciones de los establecimientos sujetos a los Impuestos Especiales de Fabricación, y controles específicos del movimiento y existencias de productos en fábricas, depósitos fiscales y almacenes fiscales.

Otras actuaciones en el ámbito aduanero

Ante la posibilidad de que no se alcance un acuerdo sobre el Brexit, se realizarán las adaptaciones necesarias en los sistemas informáticos para garantizar la normal tramitación aduanera tras la salida del Reino Unido y se intensificará la información a los operadores.

Por otro lado, se continuará con la mejora del sistema de pre-declaraciones aduaneras, los procedimientos de revaluación de autorizaciones aduaneras y las propias autorizaciones aduaneras. Además, se efectuarán actuaciones de comprobación de mercancías en los recintos aduaneros y de los movimientos de efectivo realizados por viajeros, así como controles a posteriori para verificar el origen, clasificación arancelaria y valor en aduana declarados con motivo de la importación de mercancías.

Asimismo, se llevarán a cabo actuaciones en los casos en los que se detecte la ocultación total o parcial de la cadena de transmisión comercial desde la importación hasta la venta al consumidor final y actuaciones de comprobación e investigación combinadas en el caso de las importaciones de productos de consumo, textiles y otros con origen asiático.

Lucha contra el contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales

Se realizarán actuaciones de prevención y represión del contrabando, el narcotráfico y el blanqueo de capitales procedente de dichos ilícitos, actuando de manera integral contra las estructuras logísticas y financieras de las organizaciones criminales.

Frente al tráfico de drogas, las áreas de control prioritario serán tanto el tráfico de cocaína, como la producción de marihuana en plantaciones clandestinas dentro del territorio nacional. Se incrementará la coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Además, se intensificarán las actuaciones encaminadas a perseguir nuevas tendencias en el tráfico ilícito por vía marítima como el denominado «drop-off” (dispositivos de localización colocados en las drogas) y se impulsará un proyecto iniciado en 2018 para implicar a todos los operadores, públicos y privados, del ámbito portuario.

Por lo que se refiere al comercio ilícito de tabaco, se incrementará el control de la cadena de suministro debido a la entrada en vigor de la normativa armonizada sobre trazabilidad. Además, se potenciarán las herramientas de análisis de riesgos en puertos y el uso de los medios de inspección no intrusiva para evitar el fraude en el transporte en contenedores.

Además, se va a implementar una nueva estrategia aduanera de inteligencia marítima y se potenciarán las actuaciones de análisis de riesgos y de investigación relativas a tráficos ilícitos que afecten a la seguridad global o de los ciudadanos y al medio ambiente.

Como complemento de las prioridades anteriores, en el ámbito la investigación por blanqueo de capitales, se intensificarán los controles de movimiento de efectivo en aeropuertos, puertos y carreteras españolas y se reforzará el intercambio de información, la cooperación internacional y la formación frente a la utilización por el crimen organizado de la internet profunda (‘deep’ y ‘dark web’) para el tráfico y comercio de bienes ilícitos, así como el empleo de criptomonedas como medios de pago.

Control en el ámbito de recaudación

Se desarrollarán actuaciones para evitar la elusión del pago de las deudas mediante técnicas de ocultación del patrimonio creando apariencias de insolvencia, en ocasiones mediante testaferros, la interposición de entidades o la ocultación de los bienes o derechos en el exterior.

Además, se introducirán mejoras en la evaluación del riesgo recaudatorio, se intensificarán las actuaciones de investigación dirigidas a identificar a terceros responsables de las deudas, la adopción de medidas cautelares cuando existan indicios racionales de que el deudor o terceros vayan a obstaculizar o impedir la acción de cobro y la utilización de todas las posibilidades que la normativa establece para exaccionar las deudas por responsabilidad civil y las penas de multa cuyo cobro se encomiende a la Agencia Tributaria, así como las deudas vinculadas a delito.

Por último, con la integración del procedimiento de subasta en el Portal del Boletín Oficial del Estado se gestionará de manera uniforme la adjudicación de bienes y derechos subastados, y conseguirá optimizarse la utilización de los recursos, con el consiguiente ahorro de costes.

Asistente virtual del IVA

En 2019, la AEAT prevé también reforzar la prevención de los incumplimientos tributarios desde la óptica de la información y asistencia con una estrategia integral de reducción de cargas administrativas y proyectos específicos, como la creación del asistente virtual del IVA (‘AVIVA’), prevista para octubre de este año, o la actualización de contenidos del asistente del Suministro Inmediato de Información (SII), que podría venir acompañado de la puesta a disposición, para no acogidos al SII, de información de operaciones declaradas por los obligados al sistema.

De igual forma, se prevé, ya para la próxima Campaña de Renta, incorporar a Renta Web una versión renovada del programa ‘cartera de valores’ que contemplará la precumplimentación de datos por parte de la AEAT, facilitando la declaración de compraventa de acciones por parte del contribuyente. También se contempla la creación de un nuevo asistente virtual y un nuevo formulario que haga más fácil la cumplimentación de las declaraciones censales.

Fuente : https://www.agenciatributaria.es

Evolución del modelo de Colaboración Social para entidades privadas y profesionales de la gestión tributaria.

Desde el 10 de enero de 2019 se inicia el proceso de evolución del modelo de colaboración social en la aplicación de los tributos, que permitirá que los colaboradores sociales (entidades privadas y profesionales de la gestión tributaria) puedan gestionar empleados (delegados) a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, para que éstos puedan realizar a través de Internet con sus certificados de usuario trámites de los obligados tributarios. Este modelo se ha denominado Colaboración Social Delegada.

Como parte de esta evolución se ofrecerá una nueva aplicación de Alta y Gestión en el Censo de colaboradores sociales que permitirá gestionar empleados del Colaborador Social como delegados que podrán realizar trámites de los obligados tributarios utilizando certificados electrónicos de persona física o de empleado de empresa, de forma que ya no será obligatorio que los colaboradores sociales entidades privadas faciliten certificados electrónicos de representante de persona jurídica para el ámbito de la colaboración social.

Este nuevo modelo será de aplicación generalizada para las aplicaciones de la Agencia Tributaria que permitan colaboración social a partir del 1 de enero de 2020. Durante el año 2019 se irán adaptando progresivamente las aplicaciones para permitir este nuevo modelo de gestión de la Colaboración Social. En este periodo transitorio las aplicaciones mantendrán los controles que actualmente permitían la gestión de la Colaboración Social Restringida. Para ello, con esta nueva aplicación, además de gestionar empleados como delegados, se podrán seguir gestionando Colaboradores Sociales restringidos, para su uso en las aplicaciones que no estén adaptadas, de forma transitoria durante el año 2019.

Por lo tanto, al iniciarse un proceso transitorio de adaptación, en tanto que las aplicaciones que utilice no estén adaptadas, no será necesario realizar ningún tipo de gestión de empleados como delegados, toda vez que aquéllas se comportarán como hasta ahora.

Fuente: https://www.agenciatributaria.es

Los 5 principales retos para el legislador ante la nueva Ley de Startups

La Secretaría de Estado para el Avance Digital, perteneciente al Ministerio de Economía y Empresa, ha iniciado el procedimiento legislativo de la Ley de Fomento del Ecosistema de Startups (o Ley de Startups) con la apertura del trámite de consulta pública.

Esta iniciativa forma parte esencial de la estrategia España Nación Emprendedora con la que se persigue reconvertir el modelo productivo del país a través del impulso al emprendimiento. El objetivo es lograr que el texto del anteproyecto de ley responda a las diferentes necesidades y sensibilidades del ecosistema emprendedor.

Según se ha avanzado ya desde el Gobierno, está previsto que la ley reconozca una naturaleza jurídica específica para este tipo de empresas, teniendo en cuenta sus singularidades. Se creará así un marco legal para el emprendimiento con base tecnológica.

Las respuestas a la consulta pública podrán remitirse al Ministerio de Economía y Empresa hasta el día 25 de enero de 2019 a través del siguiente correo: leystartups@mineco.es.

Desde Garrigues Startups abrimos el debate sobre algunos de los principales retos a los que se enfrenta la nueva ley.

1. Delimitación del ámbito de aplicación: definición de startup

A la hora de establecer el marco legal una cuestión clave y tremendamente compleja es, de entrada, la propia definición y concepto de ‘startup’. La nueva regulación deberá establecer con claridad qué se considera como tal, qué implicaciones tiene y cómo y en qué se diferencia de una pyme tradicional. Una adecuada delimitación del ámbito de aplicación de la ley, a través de esta definición, se nos antoja esencial para conseguir el objetivo del legislador de dotar de mayor seguridad jurídica e incentivar el ecosistema emprendedor. Y no es un reto menor.

2. Establecer medidas que faciliten el acceso de los emprendedores a financiación/inversión

La obtención de financiación es clave en los proyectos de este tipo. Esta nueva normativa deberá reconocer el papel de los inversores en todas sus formas (i.e. operadores de venture capitalbusiness angelscrowdinvestors o incluso los famosos family, friends & fools) y fomentar el incremento de la inversión en startups mediante el establecimiento de incentivos adecuados.

3. Diseñar incentivos fiscales adecuados tanto para las startups como para los inversores en startups, incluyendo grandes empresas

El apoyo a las iniciativas emprendedoras por parte de la Administración puede llegar por la vía de incentivos fiscales  a las actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, así como en relación con las inversiones y financiación de las ‘startups’.Un aspecto que debería abordar la ley es el relativo a incentivos a las grandes empresas para fomentar su interacción con el ecosistema de emprendimiento.

4. Adoptar medidas laborales que de manera efectiva incentiven la creación y desarrollo de ‘startups’

El ecosistema emprendedor se debe también incentivar a través de subvenciones y bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social tanto en el régimen de autónomos como en la contratación de empleados. Asimismo, un reforzamiento del contrato de apoyo a los emprendedores y la modificación o creación de otras modalidades contractuales puede también contribuir al desarrollo de estas actividades, así como a la captación y fidelización del talento.

5. Si, pese a todo, la cosa acaba mal, ¿qué mecanismos de cierre cabe contemplar para una ‘startup’?

Actualmente existen mecanismos de segunda oportunidad para el supuesto de que, en caso de que finalmente la idea emprendedora no logre despegar, existan medidas de protección que limiten el factor riesgo como barrera de entrada. No obstante, dichos mecanismos no alcanzan a todas las vicisitudes a las que el emprendedor debe enfrentarse ante un eventual cese en la actividad, por lo que la nueva norma supone una excelente oportunidad para reforzar y completar los mecanismos vigentes.

Fuente: https://www.garrigues.com/es_ES/noticia/los-5-principales-retos-para-el-legislador-ante-la-nueva-ley-de-startups

La Agencia Tributaria amplía la atención telefónica y los servicios de la ‘app’

Arranca la Campaña de Renta 2018

  • El periodo de presentación arranca hoy para todas las vías que no son presenciales y en 48 horas se recibirán las primeras devoluciones
  • En la campaña está prevista la presentación de 20.350.000 declaraciones, de las cuales 14.315.000 serán a devolver, por importe de 10.468 millones de euros, un 4,5% más
  • Toda la confección telefónica de declaraciones se concentrará en el plan ‘Le Llamamos’, que estará capacitado para realizar 500.000 llamadas al contribuyente
  • Los contribuyentes con la ‘app’ instalada podrán acceder a sus datos fiscales y presentar la declaración sin necesidad de localizar la casilla 475 de la declaración del año pasado
  • La nueva herramienta de cartera de valores permitirá visualizar directamente en ‘RENTA WEB’ la composición de la cartera y las operaciones del año, y volcar todas las rentas generadas por la venta de acciones cotizadas, facilitando la declaración de las plusvalías y minusvalías

2 de abril de 2019.- La Agencia Tributaria abre hoy el plazo para confirmar o modificar y presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2018 (IRPF 2018), que arranca con una ampliación y mejora de los dos servicios complementarios para la presentación telemática de la declaración, la aplicación móvil de la Agencia y el plan ‘Le Llamamos’ de confección telefónica de declaraciones mediante llamadas al contribuyente con cita concertada. Ambas vías, junto con la ya tradicional utilización de la página web de la AEAT (www.agenciatributaria.es), permiten agilizar la presentación de la declaración y, en su caso, las correspondientes devoluciones, que se iniciarán en apenas 48 horas, el próximo 4 de abril.

De nuevo en esta campaña los contribuyentes han contado con carácter anticipado, desde el pasado 15 de marzo, con los principales servicios de asistencia, caso de la descarga y visualización de los datos fiscales, la obtención del número de referencia y los envíos postales a determinado colectivo de contribuyentes.

Gracias a esa anticipación, dos semanas antes del comienzo de la campaña más de 1.490.000 contribuyentes han accedido ya a sus datos fiscales y más de 1.538.000 han obtenido el número de referencia para la gestión y presentación de su declaración, de manera que han tenido la oportunidad de prepararse con más tiempo para poder, si lo desean, presentar la declaración desde el primer día a través de ‘RENTA WEB’, la herramienta universal para la gestión de todas las declaraciones con independencia del canal de confección y presentación (‘app’, teléfono, página web de la Agencia y, a partir del 14 de mayo cuando comienza la atención presencial, también oficinas).

En la presente campaña está previsto que se presenten 20.350.000 declaraciones, 361.000 más que el año anterior. De ese total, se prevé que 14.314.000 den derecho a devolución por un importe estimado de 10.468 millones de euros, un 4,5% más de importe, mientras que cerca de 5.161.000 saldrán con resultado a ingresar, por importe de 10.160 millones. El plazo de presentación finaliza el 1 de julio, para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 26 de junio.

Ampliación de servicios en la ‘app’

Para la presente campaña, aquellos usuarios que hayan mantenido instalada la aplicación móvil de la Agencia Tributaria y, por tanto, ya estaban identificados previamente en la ‘app’, podrán acceder de manera más ágil a los servicios personalizados, caso de los datos fiscales y la propia propuesta de declaración, ya que únicamente necesitarán introducir la fecha relativa a su NIF que le solicite la aplicación y, por tanto, no tendrán que localizar la casilla 475 de la declaración del año anterior, casilla que sí será necesaria para presentar la Renta con número de referencia a través de la web.

A su vez, los usuarios que no tuviesen previamente descargada la ‘app’, tampoco necesitarán localizar la casilla si cuentan con la referencia del año anterior, ya que esa referencia servirá para obtener la nueva en la presente campaña una vez descargada la ‘app’.

La ‘app’ también incorpora toda una serie de mejoras de diseño para seguir facilitando su usabilidad, al igual que la posibilidad de modificar la asignación tributaria y el código IBAN, consultar los datos fiscales de las tres campañas anteriores o anular una cita previamente concertada.

En cuanto al funcionamiento general de la ‘app’, es el mismo del pasado año. Aquellos contribuyentes con declaraciones más sencillas podrán presentar su Renta ‘en un solo clic’, o, si requieren completar algún dato, serán redirigidos automáticamente a RENTA WEB, pero el resto de declarantes cuentan igualmente con esta potente herramienta de asistencia que les facilita la obtención del número de referencia, el PIN, la visualización de los datos fiscales y la recepción de mensajes ‘push’ con información de interés como el momento de la emisión de la devolución.

La APP se puede utilizar en hasta cinco dispositivos diferentes (móviles y tabletas) y admite hasta 20 perfiles de usuario, cada uno con su número de referencia, lo que permite la confección y presentación de declaraciones de familiares y allegados, así como el cálculo de la opción más favorable entre declaraciones individuales y conjuntas. Cabe recordar que para acceder a los servicios personalizados, caso de la presentación de declaraciones, por razones de seguridad se requerirá que el terminal cuente con un sistema de bloqueo de pantalla activado.

Extensión del plan ‘Le Llamamos’

Otra novedad relevante de la campaña que hoy comienza es la concentración de toda la confección de declaraciones por vía telefónica en el plan ‘Le Llamamos’ que, en su tercer año de vigencia, se potenciará para absorber el tradicional sistema de llamadas entrantes (el pasado año coexistían llamadas entrantes a la Agencia y salientes al contribuyente) e incrementar su capacidad global para alcanzar potencialmente las 500.000 llamadas durante la campaña.

El plan ‘Le Llamamos’ se configura como una alternativa telemática a la asistencia presencial para que los contribuyentes menos habituados a las nuevas tecnologías y que cuenten con perfil de asistencia telefónica puedan presentar antes y, en su caso, obtener antes también su devolución.

Al absorber el antiguo sistema de llamadas entrantes, el sistema permite una mejor planificación del servicio telefónico y, por tanto, una mayor agilidad para el contribuyente. El contribuyente pide cita desde el 1 de abril por internet o teléfono para el plan ‘Le Llamamos’, a su elección en tramos de 15 minutos entre las 9 y las 20.30 horas, y simplemente deberá tener a disposición la información necesaria para realizar la declaración en el momento en que se haya acordado la llamada de la Agencia.

Cartera de valores en RENTA WEB

La presente campaña contará con nuevas mejoras también en la usabilidad de RENTA WEB, como la incorporación de un localizador de casillas de la propia declaración para facilitar la navegación interna. Sin embargo, la principal novedad es la incorporación en RENTA WEB de la cartera de valores. Esta herramienta existía ya en años anteriores, pero simplemente como un módulo de cálculo externo que requería la incorporación, por parte del contribuyente, de todos los datos necesarios para la determinación de las rentas a incluir en la declaración. La nueva herramienta supone un salto cualitativo en facilidades para el contribuyente.

La nueva herramienta de cartera de valores permitirá visualizar directamente en ‘RENTA WEB’ la composición de la cartera a 1 de enero del año de devengo del impuesto (para esta campaña, 2018) y las operaciones del ejercicio, y también volcar todas las rentas generadas por la venta de acciones cotizadas, facilitando la declaración de las plusvalías y minusvalías.

A su vez, los datos que sí tendrá que seguir incorporando el contribuyente, concretamente los precios históricos de adquisición de sus acciones, permitirán en próximos años que esa información quede ya grabada y el cálculo de las plusvalías y minusvalías sea a futuro prácticamente automático.

Quiénes no están obligados a declarar

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 12.643 euros anuales.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos íntegros:

  • Dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.
  • Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Revisión de datos personales y económicos

Siempre resulta conveniente revisar la propuesta de declaración que ofrece la Agencia Tributaria. A través de RENTA WEB la información será la más actualizada posible pero, en todo caso, la Agencia puede no disponer de todos los datos con trascendencia en la declaración, datos que quizá el contribuyente deba incorporar a la propuesta de declaración.

Algunos casos típicos que aconsejan esta revisión son los siguientes:

  • Inmuebles y sus referencias catastrales
  • Circunstancias personales y familiares (si cambiaron en 2018)
  • Arrendamientos de inmuebles
  • Transmisiones
  • Aportaciones a planes de pensiones
  • Cuotas sindicales
  • Percepciones por subvenciones
  • Deducciones familiares y por maternidad
  • Deducción por inversión en vivienda habitual
  • Deducciones autonómicas

¿Cómo obtener ‘Clave PIN’ y el número de referencia?

El número de referencia y ‘Clave PIN’ siguen siendo, junto al certificado y el DNI electrónicos, los sistemas de acceso a RENTA WEB y a otros servicios de Campaña de Renta, como la consulta de datos fiscales y del estado de tramitación de la devolución.

La obtención de Clave PIN requiere dos pasos, un registro previo único y una solicitud posterior cada vez que lo necesite el contribuyente. El registro previo se podrá efectuar por dos vías:

  • Internet, siguiendo las instrucciones de la carta que la Agencia remitirá a quienes la soliciten a través de la opción ofrecida en el icono de la página web de la AEAT ‘Clave PIN’. En este caso, deberá proporcionar el DNI, su fecha de validez, el número de móvil y un correo electrónico.
  • En las oficinas de la Agencia, aportando el DNI, un correo electrónico y un número de teléfono móvil, previa solicitud de cita previa y sin necesidad de documentación adicional.

Una vez registrado en el sistema, cuando el contribuyente desee realizar algún trámite, podrá solicitarlo desde el enlace disponible en el propio trámite, o desde la ‘app’. Para ello deberá consignar el NIF, la fecha de caducidad del DNI y una contraseña de cuatro caracteres que definirá el contribuyente para cada solicitud. A continuación, recibirá por SMS un PIN de tres dígitos que, junto con la contraseña, forman el código de acceso necesario para realizar sus trámites.

A su vez, para la obtención del número de referencia mediante el servicio REN0 en la página de la Agencia, se solicitará el NIF, la casilla 475 de la Renta 2017 y la fecha de validez del propio NIF. A los no declarantes en el ejercicio anterior, o con la casilla de su Renta 2017 con valor cero, en lugar de la casilla 475 se les solicitarán determinados dígitos del código de una cuenta bancaria de la que sea titular el contribuyente. Al objeto de facilitar su utilización, el número de referencia estará formado por sólo seis caracteres.

En los envíos por correo de datos fiscales se remitirá la casilla 475, en lugar del propio número de referencia, dada la posibilidad de obtener distintos números de referencia en función de las necesidades del contribuyente.

Fuente: https://www.agenciatributaria.es/

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