La compañía aérea low cost de Vueling ha elegido Tenerife como filial para crear la compañía Vueling Canarias. Esta oficina se abre con distintos motivos. En primer lugar según dice el propio presidente se debe a un hecho de querer mejorar la conectividad que existe con la isla y poder así generar mayor empleo en la zona.
Pero el motivo real se debe al bajo costo que va a pagar al poder acogerse a distintas condiciones fiscales gracias a la Zona Especial Canaria (ZEC). Esa sede va a funcionar como una central de reserva y oficina administrativa. La solicitud ya fue aceptada por la ZEC de Tenerife con lo que en cualquier momento hará su apertura.
Pero para ello, Vueling, deberá cumplir con algunos requisitos básicos como por ejemplo el hecho de generar desde el inicio un número de puestos de trabajo y hacer una inversión mínima de al menos 100.000 euros, así como tener la administración escrita con residencia en el propio territorio. Para ello, contará con un plazo de seis meses desde que se le ha aceptado la solicitud.
En la actualidad Vueling tiene vuelos con frecuencia que unen el aeropuerto propio de Tenerife Norte con Barcelona, Sevilla, Málaga, Bilbao y A Coruña. A ello se espera sumar nuevos enlaces que lleguen a Alicante, Valencia, Zaragoza, Santiago de Compostela y a Paris. También se incluirán a partir de este verano vuelos hacia Manchester y Birmingham.
Habrá que esperar a ver cómo va actuando la empresa durante los próximos meses para hacer efectiva la realidad de Vueling Canarias y de esa forma beneficiarse de todos los incentivos fiscales que cuentan en las Islas Canarias, algo que muchas empresas hace ya tiempo han descubierto trasladando hacia esta zona sus domicilios fiscales para poder tener un mayor beneficio durante el año y pagar así menor cantidad de impuestos.
Seguramente para los meses de verano se verán los resultados de esta nueva filial de Vueling en Tenerife.
Tener en orden las finanzas de un negocio es fundamental con el fin de no tener inconvenientes si llegara haber algún tipo de inspección fiscal. Para ello es que existen los libros contables, en donde se pueden registrar todos los movimientos de dinero tanto que existen de ingresos como de egreso de la empresa.
Pero dentro de los libros contables, existen varios tipos, con lo cual, lo ideal es identificar cuál se adapta más a nuestro perfil para que no haya ningún inconveniente.
En estos libros es donde se va a registrar cualquier tipo de movimiento de dinero que exista en la empresa. Existen seis tipos de libros diferentes que vamos a describir a continuación:
-Libros de inventarios y balances: Son aquellos libros que muestran la situación económica general de la empresa. En ellos se tienen que registrar los activos, pasivos y el patrimonio propio que tiene la empresa en la actualidad.
–Caja y Bancos: Estos son los libros en donde mensualmente se registran todos los movimientos que existen de dinero en efectivo y del equivalente en dinero en efectivo que está en el propio banco.
–Diario: Es el libro de cuentas diaria en donde se colocan todas las transacciones que se realizan.
–Mayor: Es el libro en donde se colocan las operaciones económicas que existen en la empresa y que se deben cruzar con el libro diario.
–Ingresos y gastos: Este libro se debe utilizar en caso de que se sea contribuyente de segunda o de cuarta categoría.
–Retenciones: Es un libro que se utiliza con el fin de registrar todos los tipos de retenciones de dinero que existen cuando se tenga que pagar algún tipo de servicio en particular.
Cuando se tiene dudas al respecto de este tipo de libros, entonces lo ideal es poder tercerizar toda la parte contable de la empresa a unos asesores o expertos en el tema que puedan tener todo debidamente organizado tal y como requiere la ley para que si llegara haber algún tipo de inspección se tenga todo en regla y al día.
Los libros contables tienen una importancia mayor a la que se le suele dar. Hoy en día además, existe la posibilidad de llevar toda la contabilidad a través de internet evitando así tener que cargar con papeles de un lado al otro.
Durante los años de la crisis, el empleo público continuó creciendo cada vez más. Sin embargo no ha sido sencillo el camino. En el año 2010, se colocó una tasa de reposición lo que hizo que uno de cada diez funcionarios jubilados sea sustituido y que se detuviera al completo la contratación de los mismos. De 3,2 millones de empleos durante el año 2010 se paso a 2,9 millones en el año 2013.
Hoy en día, la cifra ha vuelto a aumentar colocándose por encima de los 3 millones algo que no ocurría desde el año 2012. Actualmente se encuentran 3.000.7000 trabajadores que dependen de la Administración Pública. Estos números hacen que el sector público lleve un ritmo de aumento de 2,5% anual llegando en algunos casos casi al 3%, lo que se ve reflejado más que nada en algunas Comunidades Autónomas en donde el crecimiento por trimestre ha sido muy considerable.
Tan solo en cuatro Comunidades Autónomas ha habido un descenso de empleados públicos durante los últimos dos años. Son el caso de Cataluña, Murcia, Canarias y Cantabria. Es Andalucía la Comunidad en donde más aumento ha habido en los últimos dos años, lugar en donde existe cerca del 20% de los empleados públicos de toda España.
Si bien el número es alentador, aún queda mucho por hacer, ya que España es uno de los países de la OCDE que tiene menos empleados públicos. En la media, España cuenta con el 13% de empleo público mientras que según la OCDE la media general tendría que ser de 19%. Lo que llama la atención es que se dedica cerca del 25% del gasto público en el pago de nóminas mientras que en el resto de países se utiliza el 22% general.
Todavía queda mucho por hacer y por analizar el reajuste del gasto público para alcanzar esas medias consideradas de la OCDE. La realidad es que el aumento existe y está presente, aunque existan Comunidades Autónomas donde el porcentaje es inverso a todo el país.
Ya estamos palpitando lo que será la declaración de la Renta 2016 que tiene que ver con el propio ejercicio del año 2015, en donde en muchos casos ya se sabe que la declaración dará como resultado a devolver o pagar a Hacienda. Esto se debe a que desde el inicio de año, hay aprobados en algunas Comunidades Autónomas unas aplicaciones de retención mínima.
Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, se optó por la aplicación de retención mínima del 19%, la que da como resultado de un 9,5% de la estatal y el resto de la autonómica.
En otras Comunidades como es el caso por ejemplo de Andalucía o Aragón, la mínima se encuentra en un 10% lo que ha hecho que incrementen los ingresos a 50.000 euros.
Esto da como resultado que por ejemplo una persona soltera y sin hijos que viva en Madrid, aplicando los mínimos de 19% y máximo de 21% tendrá como resultado que le saldrá a devolver en la Renta 2016. En las rentas que tengan cercanas a 70 mil euros, el importe a devolver será de hasta 182 euros.
En este caso, hay una diferencia circunstancia con quienes viven en Cataluña, Extremadura y Cantabria, donde la cosa será diferente. Si una persona gana unos 20 mil euros anuales, en Cataluña tendrá que pagar a Hacienda unos 170 euros, mientras que en el caso de los extremeños, si se ganan 45 mil euros, se deberán pagar 400 euros.
Por supuesto que todo esto siempre dependerá después de los casos particulares de cada uno y la posibilidad de disminuirlo a través de la colocación de otros gastos recibidos en general.
Lo mejor siempre es contar con un profesional que nos ayude en ello y que nos permita tener la Declaración de la Renta 2016 realizada de forma adecuada y concreta evitando así malos entendidos y problemas fiscales en el futuro.